Facturación electrónica

A partir del 1 de enero de 2018 las empresas Régimen Común con resolución de Facturación no POS, están obligadas a expedir Facturación Electrónica. Según el decreto 2242 de 2015 y Resolución 000019 del 24 de Febrero de 2018.

En el proceso usted es identificado como Facturador Electrónico y para cumplir con la norma, usted puede decidir: si facturará en forma directa (siendo esta la elección cuando usted decide que nosotros le realicemos el proceso) o si lo va a realizar a través de un Operador Tecnológico.

Para nosotros la Factura Electrónica es un reto superado, ya los usuarios de nuestra solucion FASHIONPOS obligados a facturar electrónicamente pueden hacerlo sin la necesidad de contactar Proveedores Tecnológicos autorizados.

¿Desea asesoría sobre la facturación electrónica?


La facturación electrónica hace parte de nuestra solución

Desarrollamos un nuevo módulo, que toma los documentos (Facturas y Notas Crédito) de la solución FASHIONPOS, los convierte en documentos en formatos XML y los transmite a su Cliente y a la DIAN.

En el proceso de la generación de la Factura Electrónica, es necesario soportar la autenticidad del documento con una Firma o Certificado Electrónico. Para ello utilizaremos nuestro Certificado Digital. No es necesario que usted adquiera uno adicional.

Este proceso funciona en servidores públicos, suministrados y administrados por nosotros, que:

  • Realizan el proceso de conversión de los documentos a los formatos XML y PDF.
  • Envían vía email, a sus clientes los documentos en formato PDF y XML.
  • Envían a la DIAN los documentos en formato XML.
  • Almacenan y conservan por 5 años los documentos en formato XML.
  • A través de nuestro portal www.nubex.com.co, nuestros clientes, de una manera amigable, podrán conocer el estado del envío de sus documentos y administrar los mismos.

NUESTRO FORMATO DE FACTURA

Nuestra solución incluye el siguiente formato, si usted requiere un formato diferente o formatos adicionales estos tendrán costos adicionales.

facturar en linea

 


Sin intermediarios, utilice nuestro servicio de facturación electrónica

Para Facturar Electrónicamente, no es necesario contratar un Proveedor Tecnológico, así lo dice la Resolución 0019 del 24 de Febrero de 2016 (Articulo 14 numeral 1.2):

  • Indicar en el Servicio Informático de Factura Electrónica de la DIAN, si facturará en forma directa o va a operar a través de un proveedor tecnológico.
  • Si el obligado a facturar electrónicamente seleccionado por la DIAN decide facturar electrónicamente en forma directa deberá:
    • Indicar en el Servicio Informático de Factura Electrónica de la DIAN el software mediante el cual facturará.
    • Iniciar las pruebas mediante las cuales deberá demostrar que el software indicado cumple con las condiciones técnicas de expedición de la factura electrónica y entrega a la DIAN del ejemplar, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3°, 5° y 7° del Decreto 2242 de 2015, en concordancia con los anexos técnicos de que trata esta resolución.
      La DIAN generará en el servicio informático de factura electrónica los datos simulados necesarios para que los facturadores electrónicos seleccionados realicen las mencionadas pruebas.
    • Una vez superadas las pruebas en forma satisfactoria, el servicio informático de factura electrónica de la DIAN generará el visto bueno que indicará que se han realizado las pruebas exitosas.
      A partir del momento en que el obligado asocie el software quedará habilitado para facturar electrónicamente.

Tarifas

Como usuario de nuestra solución FASHIONPOS, sin importar el tamaño de su compañía, adquiere el módulo de Factura Electrónica, el cual incluye la implementación y acompañamiento ante la DIAN hasta que el proceso sea aprobado.

Usted no necesita contactar a nadie más para realizar el proceso.

Definitivamente es necesario establecer tarifas que varíen según el número de documentos que usted genere, púes a mayor número de documentos mayor es el procesamiento y capacidad de almacenamiento que requiere de nuestros servidores. Consulte con nuestros asesores su tarifa.


Administración de mis documentos enviados

Como un servicio de nuestro portal www.nubex.com.co, nuestros clientes podrán:

generar factura electronica

  • Visualizar, enviar e imprimir sus Facturas Electrónicas en formato gráfico PDF, disponibles durante el mes de generación y los dos meses subsiguientes.
  • Consultar el estado de los documentos trasmitidos, consulta directa a los servicios de la DIAN.
  • Consultar y descargar las Facturas Electrónicas en formato XML, durante el tiempo que el cliente utilice nuestros servicios y máximo por 5 años.

¿Es cierto que el facturador electrónico debe adquirir una firma o certificado digital?

Según el Decreto 2242 de 2015 (ARTICULO 3, Párrafo 1, Numeral d), la firma digital con la cual se debe firmar el documento:

  • Incluir firma digital o electrónica como elemento para garantizar autenticidad e integridad de la factura electrónica desde su expedición hasta su conservación, acuerdo con Ley 962 de 2005 en concordancia con la Ley de 1999, el Decreto 2364 1 el Decreto 333 de 14 y las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, y de acuerdo con la política de firma que establezca la DIAN.
  • La firma digital o electrónica que se incluya en la factura electrónica como elemento tecnológico para el control fiscal podrá pertenecer:
    • Al obligado a facturar electrónicamente.
    • A los sujetos autorizados en su empresa.
    • Al proveedor tecnológico, en las condiciones que acuerden, cuando sea expresamente autorizado por el obligado a facturar electrónicamente, para este efecto.
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